Fauna y Flora Silvestres
Es imperioso proteger y conservar las especies de flora y fauna silvestres y sus hábitats naturales.
En el Convenio sobre Diversidad Biológica firmado en Río en 1992, los países firmantes convinieron en la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica y establecieron, entro otros, los siguientes acuerdos:
- Integrar el examen de la conservación y utilización sostenible de los recursos biológicos en los procesos nacionales de toma de decisiones.
- Adoptar medidas para evitar o reducir los efectos adversos para la diversidad biológica.
- Proteger y alentar la utilización consuetudinaria de los recursos biológicos conforme a las prácticas culturales tradicionales compatibles con la conservación.
- Prestar ayuda a las poblaciones locales para preparar y aplicar medidas correctivas en zonas degradadas donde la diversidad biológica se ha reducido
- Fomentar la cooperación entre autoridades y sector privado para la elaboración de métodos orientados a la utilización sostenible de los recursos biológicos.
La Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres, tiene por objetivo considerar la biodiversidad como un patrimonio común y contribuir a su conservación, restauración y mejora, mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres en el territorio europeo, teniendo en cuenta las exigencias económicas, sociales, culturales y regionales, de forma congruente con el objetivo general de un desarrollo sostenible.
Se consideran como hábitats naturales los espacios donde viven la flora y fauna silvestres, tanto si son enteramente naturales (sus suelos y pobladores no han sido apenas modificados por las actividades humanas) como seminaturales (aquellos espacios transformados por las actividades humanas, que han sido dirigidos para la producción de especies de plantas y animales beneficios para el ser humano, como los agrosistemas).
El Título III de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad se centra en la Conservación de la biodiversidad silvestre, estableciendo la obligación de que las Comunidades autónomas adopten las medidas necesarias para garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, atendiendo preferentemente a la preservación de sus hábitats y estableciendo regímenes específicos de protección para aquellas especies silvestres cuya situación así lo requiera.
La conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente, incluida la conservación de los hábitats naturales como la flora y fauna silvestres son un objetivo esencial, que reviste un interés general para la Región de Murcia. Además, muchos hábitats se están degradando y algunas especies se encuentran en peligro de extinción.
Para la preservación y conservación de la flora y fauna silvestre de Molina de Segura se consideran los siguientes criterios:
- La preservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio de Molina de Segura.
- La continuidad de los procesos evolutivos de las especies de flora y fauna y demás recursos biológicos.
- La preservación de las especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.
- El combate al tráfico o apropiación ilegal de especies.
- La participación de las organizaciones sociales, públicas o privadas, y los demás interesadas en la preservación de la biodiversidad.
- El fomento y desarrollo de la investigación de la fauna y flora silvestre, y de los materiales genéticos, con el objeto de conocer su valor científico, ambiental, económico y estratégico para el municipio.
- El conocimiento biológico tradicional y la participación de la población en la elaboración de programas de biodiversidad de Molina.